Artículo 66°: Obligaciones de Transparencia Generales |
Artículo 66°.- Los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las entidades federativas y municipales o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, además de lo señalado en el artículo anterior, deberán poner a disposición del público y actualizar, conforme al ámbito de su competencia la información siguiente:
I. En el caso del Poder Ejecutivo Estatal y los Poderes Ejecutivos de los Municipios, según corresponda:
II. Adicionalmente, en el caso de los Municipios: